AVISO LEGAL –DISCLAIMER- DE LA PLATAFORMA AÚNA
¿Qué es una plataforma como Aúna?
Las plataformas como AUNA se definen como innovaciones democráticas enfocadas en promover la representación, acceso igualitario, y participación de ciertos grupos de la población históricamente subrrepresentados en espacios de toma de decisión. Son multi-partidistas, porque su foco está en el fortalecimiento de líderes, y no necesariamente en el espectro político con el que se alinean.
Este tipo de innovaciones democráticas son un fenómeno global y latinoamericano que buscan mejorar la calidad de las democracias en el mundo.
Operan dentro del marco legal, respetando las leyes electorales y constitucionales de cada país, y se apoyan en tratados internacionales de derechos humanos para fundamentar su acción.
¿Qué es Aúna legalmente?
Aúna es una plataforma colectiva de mujeres, de carácter pacífico y objeto lícito; cuyo fin es fortalecer la representación y participación de las mujeres en la política mexicana, esto con el objetivo de avanzar de una democracia paritaria a una participación política sustantiva. Para ello, se acompaña a las mujeres en su proceso de llegar a cargos públicos y mediante la promoción de políticas públicas enfocadas en igualdad de género y justicia social.
La marca “Aúna” se utiliza para expresar y hacer que se reconozca el ejercicio de estos derechos a través de los vehículos legales con los que sus fundadoras y colaboradoras cuentan.
¿Cuál es la base legal para su operación?
Aúna opera ejerciendo derechos fundamentales reconocidos en nuestra Constitución y el marco normativo internacional de los derechos humanos. En concreto, ejercemos nuestro derecho a la libre reunión con fines políticos, a la participación cívica y política activa en asuntos públicos, a la libre manifestación de nuestras ideas y al ejercicio del principio de paridad.
Es decir, ejercemos los derechos que la constitución nos reconoce a todas las personas en el territorio mexicano, y nos valemos de los principios que a las mexicanas nos permiten participar e incidir políticamente.
Estos principios son clave para alcanzar una representación política y -finalmente-, una igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en nuestro país. Los artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que sustentan lo anterior son:
Artículo 1º de la CPEUM: Bloque de constitucionalidad, principio de igualdad y no discriminación.
Artículo 1º de la CPEUM: Bloque de constitucionalidad, principio de igualdad y no discriminación.
Artículo 9º de la CPEUM: Derecho a la libre reunión con fines políticos.
Artículo 35 de la CPEUM: Derechos políticos y a la participación.
Artículo 41 de la CPEUM: Principio de paridad de género en el sistema electoral mexicano.
Otras fuentes de derecho internacional que respaldan el marco de actuación de Aúna son:
Artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: que asegura la participación en asuntos públicos y acceso a cargos públicos para las mujeres en igualdad de condiciones.
Artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos: que garantiza nuestro derecho a la participación política.
Preámbulo y artículos 7 de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW): relativos a eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública.
Además de este marco normativo, presentamos una consulta al Consejo General del Instituto Nacional Electoral sobre las actividades que realiza Aúna. Con base en el acuerdo INE/CG505/2023 del Consejo General Del Instituto Nacional Electoral, la autoridad electoral concluye que no existe actualmente una vía legal que permita reconocer formalmente a organizaciones ciudadanas con fines políticos como Aúna, fuera de las figuras tradicionales del sistema electoral.
Sin embargo, la falta de reconocimiento jurídico no impide ni menoscaba la continuidad de las acciones de Aúna, ni su labor para alcanzar la paridad sustantiva y en pro de erradicar la violencia política contra las mujeres en razón de género. El Instituto deja asentado que las actividades de Aúna son valiosas, legítimas y alineadas con los principios de paridad y democracia; y que no constituyen acciones ilegales o fuera de la ley.
